Escritos procesales

«Copia y pega» en el foro: tipologías


A fuer de ser honesto, tengo que empezar esta entrada entonando el «mea culpa»: he caído en prácticamente todo aquello de lo que aquí voy a describir como incorrecto, evitable o censurable. Por lo tanto, no se moleste nadie si se ve señalado por lo que expongo, porque yo también he echado mano, el primero, del denostado (a la par que socorrido) «copia y pega». Sirva esta entrada, por tanto, para sana autocrítica, purga propia y propósito de futura enmienda.

Y continuando con la verdad de los hechos y la claridad en la exposición, lo diré en roman paladino: en bastantes más ocasiones de las deseables, se puede observar la presencia del «copia y pega» en los escritos que habitualmente vemos en los Juzgados y Tribunales.

Por supuesto, debemos evitar incurrir en el «copia y pega» en nuestros escritos. Pero, sin que yo pretenda defender su uso, la realidad es que esta reprobable práctica se da en bastantes ocasiones y ya forma parte de la cotidianiedad del foro. Lo que sigue es un intento, personal y con cierto sentido del humor, de clasificación de algunos de los diferentes tipos existentes de «copia y pega» forenses.

1.- El «copia y pega» palimpsesto.

El palimpsesto es resultado de una técnica que en la antiguedad, ante la escasez de papiro, pergamino o papel, se usaba para ahorrar en tales preciados materiales de escritura. Consistía en borrar la escritura anterior lo mejor que se pudiera, y utilizar ese mismo soporte para escribir algo nuevo encima. Con lo cual, en muchos casos en los que el borrado no era bueno (los palimpsestos), los paleógrafos han podido averiguar qué era lo que había sido escrito debajo en primer lugar, y recuperar así algunos textos antiguos valiosos.

En la actualidad, lo que hacemos (insisto, yo me pongo en primer lugar) es buscar en nuestros archivos informáticos algún escrito nuestro anterior que tenga una coincidencia, mayor o menor, con el que necesitarmos presentar, ya sea en cuanto al tema, partes, acción judicial u otra circunstancia. Y nos ponemos a «escribir» encima, cambiando las partes del escrito que necesiten cambiarse, usando lo que pueda permanecer incólume y eliminando aquello que no tenga relación.

Resulta más o menos cómodo, y no constituye plagio (bueno, es autoplagio). Pero presenta el mismo problema que los palimpsestos: entre tanto cambiar, conservar y borrar (usualmente con gran rapidez, por la pendencia de los plazos), puede ocurrir fácilmente que nos acabemos equivocando y en el escrito «emerjan» partes que sean un pastiche incomprensible que aluda a otros asuntos sin nada que ver con ese proceso.

Aquí enlazo con un ejemplo de una demanda contencioso-administrativa mía. Como se puede ver, se recurre contra una sanción de multa, pero la fundamentación se mezcla con la de un asunto anterior en que se reclamaba contra una sanción de expulsión. En estos casos, solo cabe rectificar, humildemente, en la vista oral. Afortunadamente, los jueces suelen ser comprensivos si uno explica lo ocurrido.

2.- El «copia y pega» en masa.

Se usa para aquellos casos que llamamos «en masa»: pluralidad de clientes en las mismas circunstancias jurídicas que deben presentar demanda o recurso por separado. Creo que no cabe duda de que este tipo de «copia y pega» está plenamente justificado, porque en realidad no es exactamente tal sino la utilización de un formulario para un caso concreto (que previamente habremos confeccionado nosotros) en formato informático.

Si nos manejamos expertamente con los procesadores de texto, es muy fácil de llevar a cabo. El problema viene cuando no es así, y debido a esa torpeza nuestra empiezan a bailar los pocos datos que cambiamos en cada escrito: el apellido del cliente, su número de DNI, su domicilio, la cuantía que reclama…

Ni que decir tiene que es también ampliamente usado por Juzgados y Tribunales en las sentencias de este tipo de casos. Por fortuna, existe la aclaración de sentencias.

3.- El «copia y pega» reduplicativo (o en segunda potencia).

Permítaseme este juego de palabras de administrativista algo añejo. Porque la autotutela reduplicativa es algo propio de la Administración, que nos impone la carga de presentar un recurso administrativo preceptivo, antes de poder acudir a la jurisdicción. Y por lo tanto, este tipo de «copia y pega» consiste en reproducir sin más el texto de nuestro recurso administrativo cuando presentemos el ulterior recurso contencioso-administrativo.

Claro está que resulta una práctica nefanda.

Aunque, bien mirado, puede ser disculpable (o al menos entendible) su uso en aquellos casos en los cuales la Administración nos responde a nuestro trabajado recurso mediante la técnica del silencio administrativo. O en las demandas laborales que vienen precedidas de una reclamación previa desestimada por silencio. Porque, si no nos contestan expresamente, ¿qué podemos decir de nuevo, o diferente, en el recurso contencioso-administrativo (o demanda) que no hayamos dicho ya?.

4.- El «copia y pega» morcilla de jurisprudencia.

Aquí «morcilla» se usa con el significado no de embutido, sino en la acepción coloquial que se refiere a aquellos párrafos añadidos improvisadamente y por su cuenta por un actor en el espectáculo.

Los actores del mundo jurídico tenemos tendencia natural a meter estas «morcillas» a diestro y siniestro. Solo que las de los juristas, siendo para rellenar, no suelen ser precisamente de cosecha propia, sino remiendos tomados de repertorios de jurisprudencia.

Recuerdo al comienzo de mi andadura algún gran abogado experto que encargaba de estos menesteres a su secretario (no licenciado en Derecho), quien seleccionaba entre los tomos de «La Ley» los párrafos correspondientes a la voz que entendía aplicables a la acción judicial: desahucio, arrendamiento rústico, compraventa… Luego los añadía mecanográficamente a la demanda o recurso, y ya estaba el escrito debidamente enriquecido.

La generalización del uso de la informática y la potencia de las bases de datos actuales han facilitado y expandido todavía más esta práctica. Hasta límites exagerados. Por ejemplo, el que se observa en este extracto de una Sentencia de una Sala de lo Social de un TSJ: en este solo párrafo cita una ristra de ¡¡22 sentencias concretas de 10 Tribunales diferentes!!

5.- El «copia y pega» brutal y/o burdo.

Este es el que es indisimulado, mal realizado. A la labor de cosido y remiendo se le ven las costuras: diferente tipo de letra, sin enlazar una cosa con otra, todo mal reunido… Resulta indecente e insultante.

Recuerdo haber visto alguna sentencia aliñada así, aunque no he podido encontrarla en mis archivos (prometo publicarla cuando la halle).

Finalmente, quede claro que tenemos que huir de los «copia y pega». No usarlos nunca. Pero si lo hacemos, al menos no incurramos en el peor de los pecados del «copia y pega» forense: que se note. Todo nuestro estilo se vendrá abajo.

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